Se pone en vuestro conocimiento la sentencia del Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla de 27 de febrero de 2020, por la que se desestima el derecho del personal laboral a disfrutar como permiso retribuido su participación en los Encuentros Deportivos y Certamen Cultural.
La citada sentencia no es firme, siendo recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Entendemos, con el debido respeto a la misma, que no es conforme a Derecho por lo que es nuestra intención anunciar y formalizar recurso de suplicación.
Se informará del fallo final del mismo.
Un cordial saludo.
Sevilla, 5 marzo 2020
Por el Comité Ejecutivo de FEAFASS.
Ignacio Palomo García
Presidente
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Tlf 687892477